SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0743/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0743/2017-S2

Fecha: 31-Jul-2017

a)

La parte accionante a través de su abogado, ratificó in extenso lo expuesto en el escrito de demanda, enfatizando que: a) De acuerdo a la jurisprudencia constitucional, el juez de instrucción o el juzgado de sentencia, no pierde competencia hasta que no emita una nueva radicatoria; es decir, la Jueza demandada debió haber resuelto su pedido, porque aún era competente; b) Se agotó el principio de subsidiariedad, dado que no podían haber apelado el decreto de 5 de junio de 2017, pues lo que correspondía era el tratamiento inmediato de su solicitud; y, c) Bajo el principio de lealtad procesal, en conocimiento que el proceso ya habría sido remitido al Tribunal de Sentencia Anticorrupción y Contra la Violencia Hacia la Mujer Primero del departamento de La Paz, solicitó se ordene se señale día y hora de consideración de modificación de medida cautelar.