Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0744/2017-S1
Fecha: 27-Jul-2017
a)
La accionante mediante su abogado se ratificó in extenso en el memorial de la acción de amparo constitucional y ampliándola expresó lo siguiente: a) Existe la ley 321 de 18 de diciembre de 2012, por la que se restituye a los trabajadores municipales de las capitales y la ciudad de El Alto a la Ley General del Trabajo; y, b) No tuvo llamadas de atención, tampoco proceso interno que amerite su despido, se le notificó con memorándum de 5 de marzo de 2017, refiriendo supuesta incompatibilidad funcionaria, extremo que carece de documental alguna que la sustente.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- Fragmento 5
- II.
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- Fragmento 8
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 10
- Fragmento 11
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR