Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0833/2017-S1
Fecha: 27-Jul-2017
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante alega, que se vulneró su derecho al debido proceso y celeridad vinculada a la libertad; por cuanto, los funcionarios de la Unidad de Control y Fiscalización de la Oficina Departamental del Consejo de la Magistratura de Santa Cruz, solicitaron ante el Tribunal de Sentencia Penal Primero de Montero del mismo departamento, el expediente del proceso penal en original, seguido por el Ministerio Público en su contra, por la supuesta comisión de los delitos de avasallamiento y amenazas, solicitud que fue concedida, sin considerar que, existía una audiencia de cesación a la detención preventiva ya programada a un día de dicha petición.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. El derecho a la libertad personal en la Constitución Política del Estado
- Toda persona que considere que su vida está en peligro, que es ilegalmente perseguida, o que es indebidamente procesada o privada de libertad personal,
- III.3. Sobre la legitimación pasiva en la acción de libertad
- debido a la falta de legitimación pasiva, calidad que (…) se adquiere por la coincidencia que se da entre la autoridad que presuntamente causó la violación a los derechos y aquélla contra quien se dirige la acción
- III.4. Análisis del caso
- REVOCAR