AUTO CONSTITUCIONAL 0219/2017-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0219/2017-CA

Fecha: 03-Ago-2017

II.3. Análisis del caso concreto

Se tiene que el Juez Público Mixto y de Sentencia Penal Primero de Pucarani del departamento de La Paz, en el proceso ordinario de nulidad de minuta y escritura pública incoada por Juliana Quispe Vda. de Quispe; Andrés, Felipe, Juan Lucio, Juan Manuel, Lucia, y Juana todos Quispe Quispe; Julio Quispe Gutiérrez; y, Candelaria Rivas de Gutiérrez contra de Ignacio Quispe Mamani y Maria Josefa Cutiri Vda. de Quispe, mediante Resolución 114/2016 de 17 de octubre, (56 a 58 vta.), se declaró incompetente en razón de materia; disponiendo la remisión al Juzgado Agroambiental del indicado lugar y departamento.

Sin embargo, de la revisión de antecedentes, la autoridad agroambiental por Resolución 041/2016 de 24 de octubre (fs. 61 y vta.), se declaró incompetente en razón de territorio, ordenando que la causa se remita a su similar de El Alto del departamento de La Paz, el mismo que por Auto de 7 de noviembre de 2016 (fs. 65 y vta.), se excusó de conocer la causa habiéndose remitido ante la Jueza Agroambiental citado departamento.