AUTO CONSTITUCIONAL 0233/2017-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0233/2017-CA

Fecha: 16-Ago-2017

I.2. Respuesta a la acción

Por providencia de 6 de marzo de 2017, cursante a fs. 134, se dispuso el traslado de la presente acción, y por memorial presentado el 12 de mayo de ese año (fs. 145 a 148 vta.), Medardo Bismark Salvatierra Cuellar en representación legal del Banco Económico S.A., solicita su improcedencia; toda vez que, solo se quiere perjudicar y retrasar el proceso de ejecución coactiva de la sentencia; ya que, el accionante no tomó en cuenta que el Código Procesal Constitucional sólo permite plantear la acción de inconstitucionalidad concreta contra resoluciones no judiciales y al ser un Auto lo que se impugna -un fallo judicial- no se encuentra permitido.