AUTO CONSTITUCIONAL 0239/2017-CA
Fecha: 18-Ago-2017
Tribunal Disciplinario Superior de la Policía Boliviana
En consulta la Resolución 163/2017 de 13 de julio, cursante de fs. 363 a 380, pronunciada por el Tribunal Disciplinario Superior de la Policía Boliviana, por la que rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por Gary Sánchez Herrera, demandando la inconstitucionalidad del art. 13.20 de la Ley del Régimen Disciplinario de la Policía Boliviana (LRDPB) -Ley 101 de 4 de abril de 2011-, por ser presuntamente contrario a los arts. 115, 116, 117 y 410 de la Constitución Política del Estado (CPE); 10 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; 14.3 incs. a), b), c), d), e), f) y g) del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP); 8.1, 2, 3 y 4 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
- Tribunal Disciplinario Superior de la Policía Boliviana
- I.1. Síntesis de la solicitud de la parte
- rechazó
- II.1. Norma impugnada y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- 4.
- La expresión de los fundamentos jurídico-constitucionales es esencial, pues no es suficiente la mera identificación de las normas constitucionales que se considera estarían siendo infringidas
- II.4. Análisis del caso concreto
- RATIFICAR