SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0759/2017-S3
Fecha: 14-Ago-2017
I.2.2. Informe de las personas demandadas
Enriqueta Arguata Flores y Augusto Portugal Chávez, a través de su hijo en audiencia relataron los antecedentes del conflicto de derecho propietario que desde el 2012 sostienen con los codemandados Yannet Fabiola Escobar Salas y Ladislao Reynaldo Cuevas Nina, así como de los hechos suscitados el 16 de diciembre de 2016, refiriendo que son los familiares de estos últimos y los ahora accionantes quienes se encuentran en el inmueble.
Yannet Fabiola Escobar Salas y Ladislao Reynaldo Cuevas Nina en audiencia, haciendo uso de la palabra rebatieron la versión de los codemandados arriba nombrados respecto de la forma en que discurrió el conflicto sobre el derecho propietario del inmueble así como del ingreso al mismo en la fecha ya referida.
Brenda Camacho en audiencia, a través de su abogado hizo notar que la presente acción tutelar no tiene por objeto definir un derecho propietario, y que en la anterior acción de libertad presentada se hizo mención a la existencia de una menor de edad en el inmueble, situación que no es evidente, y que más bien se estaría tratando de utilizar a una menor para solucionar un conflicto de carácter civil, lo que pide tomar en cuenta.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informe de las personas demandadas
- 1)
- denegó
- I.2.5. Trámite procesal ante el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Análisis del caso concreto
- no se constata que emergente de ese conflicto se estuviese restringiendo el derecho a la libertad de la menor AA
- CONFIRMAR