SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0788/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0788/2017-S3

Fecha: 17-Ago-2017

a)

La parte accionante a través de su abogado ratificó in extenso el tenor de su acción de libertad y ampliándolo manifestó que: a) Los ahora demandados, en la Resolución 135/2017 de manera expresa señalaron que no librarían el mandamiento de libertad bajo fundamentos no acordes a derecho; b) Se interpuso una anterior acción de libertad, la cual fue radicada en el Juzgado de Sentencia Penal Segundo de la Capital del departamento de La Paz, que fue resuelta mediante Resolución 8/2017 de 29 de junio, por la cual se dispuso sea emitido el mandamiento de libertad, siendo notificadas las partes al día siguiente; c) Debe tomarse en cuenta que las acciones de defensa deben ser cumplidas en el término de veinticuatro horas; y, d) Existe una indebida retardación para librar el mandamiento de libertad.