SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0834/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0834/2017-S2

Fecha: 14-Ago-2017

concedió

El Juez de Sentencia Penal Tercero del departamento de La Paz, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 13/2017 de 11 de julio, cursante de fs. 17 a 19, concedió la tutela planteada por el accionante y en consecuencia dispuso que el Juez demandado, en el plazo de veinticuatro horas de su legal notificación, remita los antecedentes de la apelación ante el tribunal de alzada, en base a los siguientes fundamentos: 1) En virtud a una denuncia de avasallamiento seguido por el Ministerio Público contra el accionante Julio Oscar Mendoza Carvajal, el 25 del mes y año referido, el Juez  demandado, en audiencia de consideración de medida cautelar, ordenó su detención domiciliaria; contra la cual, este recurrió en apelación incidental; sin embargo, la autoridad jurisdiccional, en lugar de remitir dentro de los veinticuatro horas, ante el superior en grado los antecedentes de la apelación, dejó que transcurra más de doce días y no remitió los mismos, hecho que constituye vulneración al principio de celeridad; y, 2) El Juez cautelar, debió considerar que la Constitución Política del Estado y el Código de Procedimiento Penal, establecen que la administración de justicia, es gratuita; aspecto por el cual, dicha autoridad no podía justificar que para su remisión, el accionante previamente debía proporcionar las respectivas fotocopias, por lo que se halla acreditada la vulneración del principio de celeridad.