SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0861/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0861/2017-S1

Fecha: 02-Ago-2017

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro el proceso penal seguido por el Ministerio Público a instancias de Daniela Daysi Laura Ajata en su contra por la presunta comisión del delito de violencia familiar o doméstica, la antes nombrada presentó recurso de apelación incidental contra la Resolución 122/2016 de 2 de agosto, rechazó la solicitud de revocatoria de medidas cautelares, mismo que radicó en la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, la cual señaló audiencia para el 28 de septiembre de 2016, fecha en la que la Vocal ahora demandada dispuso se revoque la citada Resolución y se disponga su detención preventiva en el Recinto Penitenciario San Pedro por el contrario Ernesto Macuchapi Laguna, Vocal de la Sala Primera del referido Tribunal determinó la improcedencia del recurso y se confirme la Resolución aludida; por lo que, el 21 de noviembre, del mencionado año habiendo criterios contrapuestos de ambos Vocales se habría convocado a un tercer vocal, para que emita un voto dirimidor, en ese sentido a pesar de no haber participado de la audiencia de consideración del recurso de apelación, de manera arbitraria e ilegal sin motivación y fundamentación emitió su voto, quien junto a la Vocal demandada mediante Resolución 235/2016 dispusieron se revoque la Resolución 122/2016, emitida por el Tribunal de Sentencia Anticorrupción y Contra la Mujer del indicado departamento y su detención preventiva en el Penal de San Pedro, con lo que se le vulneró sus derechos constitucionales.

Asimismo, alegó que hubo participación del Vocal dirimidor quien fue incorporado de manera posterior a la sustanciación de la apelación; es decir, no participó de la audiencia ni escuchó los fundamentos de defensa argüidos; por otra parte, manifestó que el voto dirimidor de la Resolución 235/2016 no cuenta con la debida fundamentación ni motivación legal pertinente por parte del Vocal señalado.