SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0861/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0861/2017-S1

Fecha: 02-Ago-2017

III.4.

El accionante denuncia la lesión de sus derechos a la libertad, a la defensa material y al debido proceso; toda vez que, apelada la Resolución 122/2016, a través de la cual se dispuso rechazar la solicitud de revocatoria de medidas cautelares, ante la existencia de posiciones diferentes al respecto, los Vocales demandados emitieron la Resolución 235/2016 con la que determinaron su detención preventiva en el Recinto Penitenciario San Pedro, siendo notificado en su domicilio procesal y no de manera personal.

De acuerdo a lo desarrollado en el Fundamento Jurídico III.3 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, la carga de la prueba la tiene el accionante, quien debe demostrar de forma objetiva y fehaciente la veracidad de las acusaciones que alega a fin de lograr sus pretensiones; sin embargo, en el caso de analisis el impetrante de tutela no adjuntó prueba suficiente que acredite que los Vocales demandados causaron lesión a sus derechos constitucionales, lo que conlleva a que el Tribunal Constitucional Plurinacional se vea impedido de resolver el fondo de la problemática planteada, precisamente debido a no haber adjuntado prueba que demuestre lesión a sus derechos por parte de los Vocales demandados lo que impide ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada, pues si bien la presente acción de defensa, debido a su naturaleza no exige la observancia de requisitos formales; sin embargo, este Tribunal requiere prueba a través de la cual se evidencie la lesión de los derechos alegados, y para tal cometido se requiere documental que respalde la pretensión jurídica; motivo por el cual, la decisión que vaya a emitirse no puede basarse en la afirmación de la parte accionante, correspondiendo en consecuencia denegar la tutela solicitada.