Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0893/2017-S2
Fecha: 21-Ago-2017
II.2.
II.2. Cursan notificaciones practicadas por el Oficial de Diligencias de la Central de Notificaciones del Distrito Judicial de Chuquisaca, por el cual se establece que a hrs. 18:15 del 14 de julio de 2017, procedió a notificar a los accionantes Mario Andrés y Uriel Antonio, ambos Corpus Troches, con la Orden Instruida (Auto de detención preventiva) de 10 del igual mes y año, y por decreto de 22 de julio de 2017, emitido por el Juez cautelar de Monteagudo (fs. 13 y 15).
- acción de libertad
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II
- III.1. Alcance y finalidad de la acción de libertad
- III.2. Interpretación sistemática y conforme a la Constitución Política del Estado en lo referente a la notificación de resoluciones que impongan medidas cautelares
- III.3.
- CONFIRMAR en todo