SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0918/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0918/2017-S2

Fecha: 21-Ago-2017

III.3. Análisis del caso concreto

Revisados y contrastados los documentos aparejados por el accionante, los argumentos expresados en la acción de amparo constitucional y lo manifestado por los demandados, mismos que se encuentran detallados en el acápite de Conclusiones de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, este Tribunal evidencia que la problemática planteada por el accionante radica en dilucidar si los ahora demandados evidentemente avasallaron los terrenos de su propiedad con medidas de hecho sin tener titularidad o posesión legal sobre el terreno, vulnerando el derecho a la propiedad privada invocado.

De la revisión de antecedentes y según se tiene desarrollado en las Conclusiones II. 1, II. 2 y II. 3 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, se advierte que Miguel Américo Paz Lea Plaza junto a su madre y hermanos, fueron declarados herederos de Nilo Paz Fernández, quien a su vez tenía la titularidad de la propiedad ubicada en la provincia Gran Chaco-Cantón Villamontes del departamento de Tarija, por cuanto esta Sala considera cumplido el presupuesto de acreditación de la titularidad del predio considerado avasallado conforme requiere la jurisprudencia contenida en el Fundamento Jurídico III.1 a los efectos del análisis de la presunta lesión al derecho a la propiedad invocada.