SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0924/2017-S1
Fecha: 28-Ago-2017
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El 20 de junio de 2017, la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, en audiencia de cesación a la detención preventiva le concedió la aplicación de medidas sustitutivas a dicha detención, como ser el arraigo, la presentación cada quince días ante el Ministerio Público y la cancelación de una fianza económica en la suma de Bs200 000.- (doscientos mil bolivianos); empero, como la última era de imposible cumplimiento solicitó al Juez de Instrucción Penal Cuarto de dicho departamento, la sustitución de la fianza económica por una real ofreciéndose un bien inmueble de propiedad de Mario Peña García, con un valor de $us111 322.- (ciento once mil trescientos veintidós dólares estadounidenses), siendo la misma aceptada por la indicada autoridad judicial y anotada en Derechos Reales (DDRR); acto que contó con el consentimiento del propietario, quien estuvo presente en la audiencia de sustitución de fianza efectuada el 11 de julio de igual año.
Posteriormente, en audiencia de apelación de la Resolución que aprobó la indicada sustitución, las autoridades demandadas sin la debida fundamentación, menos la compulsa de los elementos puestos en consideración (los que fueron analizados de manera integral por el juez de primera instancia), yendo más allá y motivados subjetiva y de forma parcializada llegaron a la conclusión de que el bien inmueble otorgado para la sustitución de la fianza económica no cumplió con las exigencias de precio y las formalidades exigidas en dicho acto, procediendo a revocar la indicada Resolución y ordenando su detención preventiva.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. Obligación del tribunal de apelación de fundamentar y motivar la resolución que disponga, modifique o mantenga una medida cautelar
- la exigencia de pronunciar una resolución motivada en la que se establezca la concurrencia de los requisitos de validez para determinar la detención preventiva, entendiendo por motivo fundado a aquél conjunto articulado de hechos que permiten inferir de manera objetiva que la persona imputada es probablemente autora de una infracción o partícipe de la misma y que existe riesgo de fuga y/u obstaculización de la averiguación de la verdad no sólo alcanza al juez cautelar
- Fragmento 11
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR