AUTO CONSTITUCIONAL 0252/2017-CA
Fecha: 08-Sep-2017
Tribunal Disciplinario Superior de la Policía Boliviana
En consulta la Resolución 172/2017 de 3 de agosto, cursante de fs. 614 a 628, pronunciada por el Tribunal Disciplinario Superior de la Policía Boliviana, que rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por Rubén Walter Achacollo Choque, demandando la inconstitucionalidad del art. 14.7 y 8 de la Ley del Régimen Disciplinario de la Policía Boliviana (LRDPB) -Ley 101 de 4 de abril de 2011-, por ser presuntamente contrarios a los arts. 115, 116 y 117 de la Constitución Política del Estado (CPE); 10 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; 14,3 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP); y 8 de la Convención Americana Sobre Derechos Humanos.
- Tribunal Disciplinario Superior de la Policía Boliviana
- I.1. Síntesis de la solicitud de la parte
- rechazó
- Cuando sea presentada de manera extemporánea en los casos que así corresponda
- procederá en el marco de un proceso judicial o
- dentro de la tramitación de un proceso judicial o administrativo; que la disposición legal que se alega de inconstitucionalidad debe necesariamente ser aplicada a la resolución del caso concreto dentro del proceso judicial o administrativo
- II.4. Análisis del caso concreto
- RATIFICAR