AUTO CONSTITUCIONAL 0254/2017-CA
Fecha: 08-Sep-2017
Ministro de Obras Públicas
En consulta la Resolución Ministerial 286 de 30 de agosto de 2017, cursante de fs. 13 a 22, pronunciada por el Ministro de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, que rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por José Luís Tapia Rojas, en representación legal de la Cooperativa de Telecomunicaciones y Servicios Cochabamba Limitada (COMTECO Ltda.), demandando la inconstitucionalidad del art. 110 del Decreto Supremo (DS) 27113 de 23 de julio de 2003, Reglamento a la Ley de Procedimiento Administrativo, por ser presuntamente contrario a los arts. 115.II, 116.I, 117.I, 178 y 179 de la Constitución Política del Estado (CPE); 8 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos; 8.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
- Ministro de Obras Públicas
- I.1. Síntesis de la solicitud de la parte
- rechazó
- II.1. Norma impugnada y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- La expresión de los fundamentos jurídico-constitucionales es esencial, pues no es suficiente la mera identificación de las normas constitucionales que se considera estarían siendo infringidas
- II.4. Análisis del caso concreto
- RATIFICAR