Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0261/2017-CA
Fecha: 22-Sep-2017
Autoridad Sumariante de los departamentos de Santa Cruz y Pando del Ministerio Público
En consulta la Resolución de 4 de septiembre de 2017, cursante de fs. 52 a 54, pronunciada por la Autoridad Sumariante de los departamentos de Santa Cruz y Pando del Ministerio Público, por la que resolvió “no promover” la solicitud de acción de inconstitucionalidad concreta, interpuesta por Yolanda Aguilera Lijerón, Fiscal de Materia, demandando la inconstitucionalidad del art. 120.15 de la Ley Orgánica del Ministerio Público (LOMP) -Ley 260 de 11 de Julio de 2012-, por ser presuntamente contrario a los arts. 13.I y IV, 14.I y II, 109.I, 115.II, 116.I, 117.I, 119.I, 180. I y II; y, 410 de la Constitución Política del Estado (CPE); 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
- Autoridad Sumariante de los departamentos de Santa Cruz y Pando del Ministerio Público
- ACUMULAR DESCUENTOS EQUIVALENTES A DIEZ DÍAS DE DESCUENTO EN UN AÑO
- a)
- “no promover”
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- procederá en el marco de un proceso
- antes
- II.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 9
- RATIFICAR