AUTO CONSTITUCIONAL 0318/2017-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0318/2017-RCA

Fecha: 05-Sep-2017

a)

La Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, por Auto de 21 de septiembre de 2016 (fs. 54), dispuso que la parte accionante, en cumplimiento al art. 33 del Código Procesal Constitucional (CPCo); a) Identifique de manera clara los actos u omisiones atribuidos a las autoridades demandadas, que quebrantaron los derechos del accionante, conformando el litis consorcio necesario; b) Señale cómo y qué derechos considera infringidos, con esos actos u omisiones indebidas; c) Establezca el petitorio de la acción en términos claros y precisos en coherencia con los anteriores puntos, debiendo precisar cómo pretende se le restituya estos; y,           d) Adjunte toda la prueba en la que funda su pretensión.