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    AUTO CONSTITUCIONAL 0330/2017-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0330/2017-RCA

    Fecha: 08-Sep-2017

    Celeridad.

    El art. 3 del CPCo dispone: “3. Las Magistradas y los Magistrados del Tribunal Constitucional Plurinacional así como las Juezas, los Jueces y Tribunales, a tiempo de impartir justicia constitucional, se regirán por los siguientes principios: 4.   Celeridad. Que obliga a resolver los procesos evitando dilaciones en su tramitación”.

    • Fragmento 1
    • I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
    • I.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • a)
    • por
    • Fragmento 6
    • II.1.  Marco normativo constitucional y legal
    • El Estado tiene el deber de promoverlos, protegerlos y respetarlos
    • Celeridad.
    • II.4.  Requisitos de admisibilidad para la presentación de acciones de amparo constitucional
    • II.6.

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