Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0006/2018-RCA
Fecha: 30-Ene-2018
I.5. Síntesis de la impugnación
El accionante refiere que, se declara la improcedencia de la acción tutelar, cuando no se agotaron los recursos ordinarios; en el caso presente, se concluyeron todos los recursos previstos; consiguientemente, la resolución impugnada es sin ulterior recurso; se confunde la excepción de la subsidiariedad con la excepción de valoración de la prueba, razón por la cual solicita se revoque la resolución impugnada y se disponga la admisión de la acción de defensa.