AUTO CONSTITUCIONAL 0321/2018-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0321/2018-CA

Fecha: 09-Oct-2018

rechazó

Por Resolución de 21 de septiembre de 2018, cursante de fs. 86 a 89, el Ministro de Economía y Finanzas Públicas, rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta bajo los siguientes fundamentos: a) La parte accionante interpuso recurso de revocatoria contra la Resolución Ministerial (RM) 959 de 14 de agosto de 2018, que aprueba el Reglamento de Evaluación para postulantes a Despachantes de Aduana; sin embargo, éste fue desestimado por la RM 1093 de 20 de septiembre 2018, debido a que el mencionado Reglamento es una disposición normativa de alcance general y contra ella no procede recurso de revocatoria; puesto que, dicho recurso solo proviene frente a resoluciones administrativas definitivas de carácter particular, condición que no tiene la norma reglamentaria impugnada; b) Esta acción de inconstitucionalidad fue formulada de forma extemporánea, cuando se emitió la referida RM 959 que desestimó su recurso de revocatoria; c) La parte accionante planteó esta acción normativa contra la Disposición Transitoria Segunda del DS 3542, la cual no fue desarrollada o regulada por el Reglamento de Evaluación para postulantes a Despachantes de Aduana, ni por el contenido del mismo; d) No se formuló con claridad los motivos por los que la citada Disposición Transitoria Segunda es contraria a los preceptos constitucionales invocados en su demanda; por lo que, no se cumplió con el requisito exigido por el art. 24.I.4 del Código Procesal Constitucional (CPCo); e) La norma impugnada fue declarada constitucional por la SCP 0028/2016 de 1 de marzo; por lo que, no contraviene ninguna disposición legal acusada como vulnerada por el impetrante; y, f) El mencionado Reglamento fue aprobado en cumplimiento de la Disposición Transitoria Tercera del DS 3542 y no de la Disposición Transitoria Segunda objetada de inconstitucional.