ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0736/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0736/2018-S2

Fecha: 31-Oct-2018

II.4.

II.4.    Ante la petición de la demandante que se notifique al obligado por edictos con la última liquidación, la autoridad jurisdiccional, mediante proveído de 20 de noviembre de 2014, ordenó al Servicio General de Identificación Personal (SEGIP), certifique el último domicilio real del demandado, ahora accionante, en cuyo cumplimiento dicha entidad certificó el 2 de diciembre del mismo año, que el actor tenía su domicilio en la calle Francisco Pinaya s/n en Quillacollo, lugar donde se constituyó la Oficial de Diligencias el 13 de enero de 2015, a efectos de practicar la diligencia, recibiendo como información del padre del obligado, que éste hace catorce años no vivía en dicho domicilio; motivando que la demandante, previo juramento de desconocimiento de domicilio, solicite su notificación mediante edictos, petición deferida publicándose los mismos (fs. 47 y vta.; 49; 52 a 53 vta.; 55 a 59).