Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0605/2018-S3
Fecha: 12-Oct-2018
II.7.
II.7. Cursa Folio Real 6.04.1.01.0011952, en cuyo Asiento A-1 de titularidad de dominio figuran como propietarios: Juana Norah, María Isabel, Miriam Vilma, Dina Ruth, Sergio Paul, Antonio Bernardo, Francisco Tito todos Galarza Echazu; Dina Vda. de Galarza Echazu; y, Martha Teresa Segovia; respecto al lote de terreno sito entre la vía férrea y la quebrada internacional, Barrio Aserradero de Yacuiba Primera Sección de la Provincia Gran Chaco del nombrado departamento, con una superficie de 66 000,74 m2, adquirido a título de sucesión hereditaria (fs. 102 a 105).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre el avasallamiento a la propiedad y la acción de amparo constitucional como mecanismo o vía jurisdiccional de defensa
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR