SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0626/2018-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0626/2018-S4

Fecha: 09-Oct-2018

concedió

El Tribunal de Sentencia Anticorrupción y Contra la Violencia Hacia la Mujer Primero del departamento de La Paz, constituido en Tribunal de garantías, a través de la Resolución 0015/2018 de 2 de agosto, cursante de fs. 25 a 26 vta., concedió la tutela disponiendo, que se reponga el memorial de cesación y en el plazo de veinticuatro horas la autoridad demandada señale audiencia de consideración de cesación a la detención preventiva y resuelva conforme los antecedentes y datos del proceso, sin dilación ni demora alguna. Determinación asumida en base a los siguientes fundamentos: 1) De la revisión de obrados se puede evidenciar que el accionante interpuso una solicitud de cesación a la detención preventiva el 24 de julio de 2018, pero en el cuaderno del proceso no se encuentra dicho memorial, estando desaparecido o extraviado, pero no consta en los obrados remitidos al Tribunal de garantías, para lo que se obtiene copias del proceso, circunstancia que demuestra que evidentemente se vulneró los derechos y garantías constitucionales del ahora impetrante de tutela al no existir respuesta alguna a su petición de cesación a la detención preventiva; 2) El Tribunal de garantías verificó que la baja médica de la autoridad jurisdiccional demandada fue el 26 y 27 del mes y año citados precedentemente; por lo que, el 5 de junio y 24 de julio del mismo año se encontraba en funciones, no siendo cierto que estuviere con baja médica como afirma la autoridad demandada; y, 3) El 11 de mayo de 2018, se realizó audiencia de consideración de medidas cautelares, oportunidad en la que la servidora pública Claudia Marcela Castro Dorado, dispuso la detención preventiva del ahora peticionante de tutela, pese a existir en el proceso acusación fiscal presentada en febrero de la presente gestión, lo que demuestra que la Jueza demandada no tuvo ningún tipo de observación o impedimento para resolver la situación jurídica del imputado –ahora accionante–, existiendo una acusación fiscal formulada de forma anterior, menos podría tener observación o impedimento para tramitar la cesación a la detención preventiva, considerando además el precedente constitucional confirmatorio de la SCP 0037/2018-S2 de 6 de marzo.