Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0715/2018-S2
Fecha: 31-Oct-2018
a)
En consecuencia, correspondía, en revisión, analizar si tales extremos resultaban evidentes, examinando previamente si se agotaron los medios de impugnación existentes; para ello, debieron desarrollarse los siguientes temas: a) El estándar jurisprudencial más alto en cuanto al derecho al debido proceso y su protección vía acción de libertad; b) La subsidiariedad excepcional de la acción de libertad respecto de vulneraciones al debido proceso atribuidas al Ministerio Público; y, c) Análisis del caso concreto.
- I. ANTECEDENTES RELEVANTES DE LA DISIDENCIA
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA DISIDENCIA
- a)
- Fragmento 4
- 1)
- SCP 0217/2014 de 5 de febrero
- En ese entendido, bajo una interpretación literal de dichas normas, pero también atendiendo a una interpretación teleológica de las mismas, debe señalarse que la garantía del debido proceso en materia penal es tutelable por la acción de libertad, aún no exista una vinculación directa con el derecho a la libertad física o personal, siendo suficiente la existencia de una relación indirecta con dicho derecho ante la amenaza de privación de libertad que el proceso penal supone
- i)
- II.2. La subsidiariedad excepcional de la acción de libertad respecto de vulneraciones al debido proceso atribuidas al Ministerio Público
- Fragmento 10
- II.3. Análisis del caso concreto
- MAGISTRADA
- eficaces y oportunos
- debe señalarse que es posible la presentación directa de la acción de libertad, prescindiendo de la subsidiariedad excepcional,