Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0738/2018-S2
Fecha: 31-Oct-2018
Fragmento 4
La SCP 0292/2012 8 de junio[1], establece que la acción de libertad puede ser formulada no sólo contra el poder público, sino también contra particulares, en el marco de la eficacia horizontal de los derechos, según la cual, los derechos fundamentales deben ser respetados tanto por los poderes públicos como por los particulares en relación con otros particulares y, por lo tanto, deben abstenerse de realizar acciones que obstaculicen el ejercicio de los derechos; pues caso contrario, es posible su demanda, sea en la vía ordinaria o en la justicia constitucional, a través de las acciones de defensa.
- I. ANTECEDENTES RELEVANTES DE LA DISIDENCIA
- CONFIRMAR
- Fragmento 3
- Fragmento 4
- II.1. La acción de libertad contra particulares
- II.2. Análisis del caso concreto
- es preciso tener en cuenta que la acción de libertad, y de modo general la jurisdicción constitucional, no tiene como finalidad resolver conflictos que por su naturaleza requieren etapa de investigación amplia (declaración, inspecciones, valoración de documentación, etc.), que deben ser conocidas y resueltas por las autoridades llamadas al efecto a través de intervención policial o fiscal, la imposición de garantías, la protección policial, entre otros
- MAGISTRADA