VOTO DISIDENTE DEL ACP 0052/2018-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

VOTO DISIDENTE DEL ACP 0052/2018-O

Fecha: 31-Oct-2018

objeto declarar la nulidad

Dicha garantía jurisdiccional se efectiviza a través del recurso directo de nulidad, previsto en el art. 202.12 de la Norma Suprema, que fue desarrollado por el art. 143 del Código Procesal Constitucional (CPCo), señalando que: “El Recurso Directo de Nulidad tiene por objeto declarar la nulidad de los actos de Órganos o autoridades públicas que usurpen funciones que no les competen, así como ejercer jurisdicción o potestad que no emane de la Ley(las negrillas son añadidas).