Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0345/2018-CA
Fecha: 05-Nov-2018
conflicto de competencias jurisdiccionales
El conflicto de competencias jurisdiccionales suscitado entre Manuel Germán Flores Flores, Agustín Choquehuanca Chui, Jorge Emilio Yapu Choquehuanca, Hilaria Yapu Quispe, Daniel Corihuanca Chui, Rosario Quispe Conde, Magistrados Indígenas; y, Octavio Vargas Choque, Secretario General, todos del Consejo Amawtico Mayor de Justicia -Jach’a Kamachinak Apnaqeri Amawt’anaka-, del cantón Copancara, municipio de Huarina, provincia Omasuyos; y, el Juez Público Mixto de Familia, Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de Pucarani, en suplencia legal de su similiar de Achacachi, todos del departamento de La Paz.
- conflicto de competencias jurisdiccionales
- I.1. Contenido de la solicitud
- rechazó
- por cualquier Autoridad Indígena Originaria Campesina, cuando estime que una Autoridad de la Jurisdicción Ordinaria o Agroambiental está ejerciendo jurisdicción en el ámbito de vigencia personal, territorial o material que, de acuerdo con la Constitución Política del Estado y la Ley, le correspondería a la Autoridad Indígena Originaria Campesina
- Si la autoridad requerida rechaza la solicitud
- II.3. Análisis del caso concreto
- 1º ADMITIR