AUTO CONSTITUCIONAL 0450/2018-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0450/2018-RCA

Fecha: 16-Nov-2018

I.1. Síntesis de los hechos que la motivan

Por memoriales interpuestos el 6 y 21 de septiembre de 2018, cursantes de fs. 19 a 29; y, 33 a 34 vta., la accionante refiere que, el 2004, el Honorable Consejo Universitario de la UMRPSXCH por Resolución 109/2004 de 30 de noviembre, aprobó y autorizó la implementación del “Programa de Nivelación de Técnicos Superiores en Laboratorio Clínico” que permitía a los profesionales de esa rama, como es su caso, obtener el grado académico de licenciatura; razón por la cual, con la esperanza de lograr elevar su nivel académico y encontrar mejores posibilidades de trabajo, decidió inscribirse a dicho programa cancelando una matrícula de inscripción de $us1 400.- (un mil cuatrocientos dólares estadounidenses), concluido con el plan de estudios y a tiempo de presentar su proyecto de tesis de grado, recién se enteró que reprobó la materia de “Química Analítica”; por lo que, solicitó a las autoridades encargadas de dicho programa, puedan otorgarle la posibilidad de realizar un trabajo práctico para nivelarse en esa materia; sin embargo, su petición no recibió respuesta positiva o negativa, al contrario evadieron dándole falsas esperanzas.

Después de más de seis años sin definirse su situación académica, por nota de 7 de septiembre de 2012, pidió al Vicerrector de la referida Universidad, convoque a una reunión a las autoridades universitarias vinculadas al aludido programa de titulación para resolver su situación académica, demanda que fue reiterada el 20 del mismo mes y el 9 de octubre, ambos del citado año; sin embargo, al no ser oída, ni recibir contestación alguna, formuló sus requerimientos en varias oportunidades mediante escritos al Rector, Vicerrector, Presidente, miembros del Consejo Facultativo, a la Decana ahora codemandada,  para que sea resuelta su situación.

El 13 de marzo de 2017, la citada Decana, por Informe D.F.C.Q.F.N. y B. 091 de 13 de marzo de 2017, elevado al Rector de dicha Universidad, dio a conocer que el “Programa de Nivelación de Técnicos Superiores en Laboratorio Clínico”, se cerró la gestión 2015, por Resoluciones del Consejo Facultativo H.C.F 041/14 de 18 de septiembre de 2014 y 06/2015 de 17 de abril; luego, el Departamento Jurídico de la UMRPSXCH, emitió el Informe jurídico D.A.L. 1008/2017 de 13 de septiembre, sugiriendo que no se de curso a la solicitud en razón a que el programa había concluido para todas las personas.

Finalmente el 30 de julio de 2018, se le notificó por medio de su abogado con el referido Informe, enterándose de la existencia de las citadas Resoluciones; es decir, en el discurrir de su trámite no le hicieron saber sobre esas Resoluciones ni le otorgaron respuesta a su pedido, hubiera regularizado el problema académico que enfrentaba de haberlas conocido oportunamente. Por todo ello considera que se vulneraron sus derechos a la petición, a la educación y al principio de igualdad.