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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0042/2018
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0042/2018

    Fecha: 01-Nov-2018

    Artículo 209.

               Artículo 209. Las candidatas y los candidatos a los cargos públicos electos, con excepción de los cargos elegibles del Órgano Judicial y del Tribunal Constitucional Plurinacional serán postuladas y postulados a través de las organizaciones de las naciones y pueblos indígena originario campesinos, las agrupaciones ciudadanas y los partidos políticos, en igualdad de condiciones y de acuerdo con la ley.

    • acción de inconstitucionalidad abstracta
    • I.1.1. Síntesis de la acción
    • admitió
    • a)
    • Fragmento 5
    • Artículo 1.
    • II.
    • I
    • Artículo 209.
    • Artículo 2.
    • Artículo 3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • III.2.  Falta de fundamentación jurídico-constitucional que determine cómo la norma demandada de inconstitucionalidad vulnera preceptos constitucionales
    • III.3.  Test de constitucionalidad
    • IMPROCEDENCIA

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