SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0622/2018-S3
Fecha: 27-Nov-2018
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Fue sentenciado a una pena de 13 años de presidio, por delitos relacionados con la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas -Ley 1008 de 19 de julio de 1988-, que se encuentra cumpliendo en el Centro Penitenciario San Pedro de La Paz, motivo por el que en mérito al art. 239.1 del Código Procedimiento Penal (CPP), solicitó cesación de la detención preventiva, que habiendo sido rechazada mediante la Resolución de 26 de septiembre de 2018, en audiencia interpuso recurso de apelación incidental; el cual hasta la fecha de presentación de esta acción de defensa no fue remitido al Tribunal de alzada, no obstante de haber transcurrido más de las veinticuatro horas establecidas en el citado Código.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Y SEA DONADA A LOS NIÑOS QUE SE ENCUENTRAN RECLUIDOS EN LOS DIFERENTES PENALES
- I.2.2. Informe de la autoridad y servidora pública de apoyo jurisdiccional demandados
- concedió
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 7
- busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad, precisamente para la concreción del valor libertad, el principio de celeridad y el respeto a los derechos’
- III.2. De la apelación incidental prevista en el art. 251 del CPP y el plazo para la remisión de antecedentes ante el Tribunal de alzada
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 11
- CONFIRMAR en parte