Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0713/2018-S1
Fecha: 06-Nov-2018
II.2.
II.2. Por memorial presentado el 5 de septiembre de 2018, mediante el cual, el abogado del accionante justifica la imposibilidad de asistir a la audiencia de revocatoria de medidas cautelares, indicando que cuenta con otra audiencia de juicio oral en la ciudad de La Paz, motivo por el que solicita se fije nueva fecha para el mismo fin (fs. 11)
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegaron
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- con carácter previo a interponer la acción de libertad, se debe apelar la misma, para que el superior en grado tenga la posibilidad de corregir la arbitrariedad denunciada.
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo