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    Sentencia Constitucional Plurinacional 0802/2018-S1 de 28 de noviembre
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    Sentencia Constitucional Plurinacional 0802/2018-S1 de 28 de noviembre

    Fecha: 28-Nov-2018

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    • CONFIRMAR en parte
    • II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA DISIDENCIA
    • Fragmento 3
    • 2° DENEGAR
    • II.1.    Respecto a las conminatorias emitidas por las Jefaturas Departamentales de Trabajo
    • ante la existencia de una conminatoria de reincorporación en favor del trabajador emanada de instancias administrativas dentro del proceso administrativo laboral sustanciado al efecto y cuyo cumplimiento no se opera voluntariamente por el empleador
    • Fragmento 7
    • II.3. Lo resuelto por la SCP 0802/2018-S1 de 28 de noviembre
    • II.4. Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR
    • cuando se disponga el cumplimiento de una conminatoria, por parte de la jurisdicción constitucional, la misma debe ser entendida en sentido de que debe cumplirse la totalidad y no en una parte u otra, en observancia del parágrafo IV del art. 10 del DS. 28699 de 1 de mayo de 2006, incorporado por el DS 0495, que dice: IV. La conminatoria es obligatoria en su cumplimiento a partir de su notificación…; así como de los principios de protección de los trabajadores e in dubio pro operario, más aun si la concesión de tutela resulta ser provisional

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