AUTO CONSTITUCIONAL 0492/2018-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0492/2018-RCA

Fecha: 12-Dic-2018

improcedencia

La Jueza Pública Civil y Comercial Tercera del departamento de Tarija, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución de 26 de noviembre de 2018, cursante de fs. 30 a 33, declaró la improcedencia de la acción de amparo constitucional, bajo los siguientes fundamentos: 1) El impetrante de tutela no hizo uso de todos los recursos que le franquea la ley para denunciar la existencia de actos que supuestamente vulneran derechos, pues las irregularidades en la etapa de investigación deben ser evidenciadas ante el Juez Instructor que ejerce el control jurisdiccional, quien tiene la facultad para conocer y resolver las supuestas faltas cometidas por los representantes del Ministerio Público, por lo que los actos endilgados a las autoridades fiscales debieron ser previamente denunciados a la autoridad jurisdiccional, no pudiéndose emitir criterio por incumplimiento del principio de subsidiariedad; y, 2) Ante el rechazo de la prueba testifical ofrecida debió plantearse la corrección de la actividad procesal defectuosa por vía de incidente ante el Juez de la causa y en su caso hacer uso del recurso de apelación, instancia que debió ser agotada antes de acudir a la jurisdicción constitucional.