Sentencia Constitucional Plurinacional 0880/2018-S1 de 20 de diciembre
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia Constitucional Plurinacional 0880/2018-S1 de 20 de diciembre

Fecha: 20-Dic-2018

a)

De los hechos que motivaron la interposición de la presente acción, que se constituye en la causa para solicitar el resguardo de los derechos invocados, se identifica como problema jurídico a resolver el siguiente: La accionante alegó la vulneración de sus derechos al debido proceso en sus componentes de motivación, fundamentación y congruencia, acceso a la justicia y a la seguridad y, a los principios de legalidad y de ninguna condena sin juicio previo y proceso legal “nulla poena sine juditio”, señalando que: a) Kuniaki Murakami Vaca, Director Técnico del SEDES Pando, ante el recurso jerarquico planteado dentro del proceso sancionatorio seguido contra la Farmacia B&B PHARMA de su propiedad,  dictó la Resolución Administrativa (RA) 001/2017 de 22 de febrero, sin competencia siendo dicha facultad del Ministro de Salud y Deportes, tal como establece la Ley de Medicamentos; b) Gil Antonio Arteaga Pereira, Asesor Legal del SEDES Pando, sin ser parte del referido proceso sancionatorio y fuera del plazo establecido         -quince días- emitió la Resolución Administrativa Sancionatoria 001/2016 de 24 de octubre; y, c) El 9 de agosto de 2016 a horas 01:00 Elizabeth Rocha Merubia, ex Responsable del Programa Departamental de Farmacias; Heidi Aquino Collarani, ex Responsable de Vigilancia y Control hoy Responsable del Programa Departamental de Farmacias y William Noto Pacema, ex Estadístico del Programa de Farmacias, sin estar presentes y sin verificar que la Farmacia de su propiedad estuviese cumpliendo el rol de turnos asignado en esa fecha, pegaron una notificación en forma de sticker y la suscripción del acta de inspección correspondiente, oportunidad en la que le aplicó una multa.