Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0809/2018-S2
Fecha: 11-Dic-2018
a)
a) Que la Industria Agrícola de Bermejo Sociedad Anónima (IABSA) a través de sus representantes, reincorpore a María Vilte Segovia de Vega, a otro puesto laboral igual o similar al cargo que ocupaba y con igual o similar sueldo; toda vez que, la unidad de auditoria interna donde desempeñaba sus funciones fue eliminada; y,
- I. ANTECEDENTES RELEVANTES DE LA DISIDENCIA
- REVOCAR en parte
- Fragmento 3
- 1)
- II.1.
- por una parte
- indemnización
- i)
- II.2. Análisis del caso concreto
- conceder en parte
- a)
- 2)
- 3)
- protección de las
- al emitirse una resolución que conmine la reincorporación, ello no debe significar que de manera inmediata, la jurisdicción constitucional, haga cumplir la misma tal cual se refirió, como si fuera una instancia más, que ordene la automática reincorporación del trabajador a su fuente laboral, en su caso, el Tribunal Constitucional Plurinacional, en la revisión de los procesos puestos en su conocimiento, debe hacer una valoración integral de todos los datos del proceso, los hechos y los supuestos derechos vulnerados, y después de ello, haciendo prevalecer la “verdad material” sobre la verdad formal