Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0809/2018-S2
Fecha: 11-Dic-2018
conceder en parte
En consecuencia, a criterio de la suscrita Magistrada, la Jueza de garantías al conceder en parte la tutela impetrada, evaluó de manera parcialmente correcta, los datos del proceso y las normas aplicables al caso; por lo que, la Sala Segunda del Tribunal Constitucional Plurinacional debió REVOCAR en parte la Resolución 05/2018 de 18 de junio, emitida por la Jueza Pública Civil y Comercial Segunda de Bermejo del departamento de Tarija; y en consecuencia: CONCEDER en todo la tutela solicitada
- I. ANTECEDENTES RELEVANTES DE LA DISIDENCIA
- REVOCAR en parte
- Fragmento 3
- 1)
- II.1.
- por una parte
- indemnización
- i)
- II.2. Análisis del caso concreto
- conceder en parte
- a)
- 2)
- 3)
- protección de las
- al emitirse una resolución que conmine la reincorporación, ello no debe significar que de manera inmediata, la jurisdicción constitucional, haga cumplir la misma tal cual se refirió, como si fuera una instancia más, que ordene la automática reincorporación del trabajador a su fuente laboral, en su caso, el Tribunal Constitucional Plurinacional, en la revisión de los procesos puestos en su conocimiento, debe hacer una valoración integral de todos los datos del proceso, los hechos y los supuestos derechos vulnerados, y después de ello, haciendo prevalecer la “verdad material” sobre la verdad formal