Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0010/2018-RCA
Fecha: 05-Feb-2018
CONFIRMAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo establecido en el art. 30.III del Código Procesal Constitucional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución de 3 de noviembre de 2017, cursante a fs. 30, pronunciada por el Juez Público Civil y Comercial Vigesimoprimero del departamento de La Paz, constituido en Juez de garantías.
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- a)
- por no presentada
- i)
- I.6. Trámite ante el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- al momento de admitir la acción, deberá verificar el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad previstos en el referido art. 33 del CPCo, y ante su incumplimiento dispondrá su subsanación en el plazo de tres días a partir de su notificación, en caso de que se haya cumplido el plazo y la observación efectuada no sea subsanada, se tendrá por no presentada la acción
- CONFIRMAR