Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0021/2018-RCA
Fecha: 06-Feb-2018
improcedencia
La Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución 30/17 de 10 de octubre de 2017, cursante de fs. 226 a 227, declaró la improcedencia de la acción de amparo constitucional, fundamentando que la accionante no usó oportunamente los medios legales que la ley le franquea, activando los medios idóneos para su tramitación, observando el tiempo y naturaleza del mismo; puesto que, pudo interponer el recurso de compulsa ante el rechazo de la apelación.