AUTO CONSTITUCIONAL 0047/2018-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0047/2018-RCA

Fecha: 15-Feb-2018

I.1. Síntesis de los hechos que la motivan

Por memorial presentado el 22 de noviembre de 2017, cursante de fs. 44 a 53 vta., el accionante refiere que, adquirió un lote de terreno ubicado en la manzana 58, zona Irquicollo, Provincia Quillacollo del departamento de Cochabamba, registrado en Derechos Reales (DD.RR.) bajo la Matricula 3.09.1.01.0017528; a los fines de regularizar su derecho propietario, el 7 de octubre de 2016, solicitó al Gobierno Autónomo Municipal de Quillacollo del indicado departamento, proceda a visar la Minuta de Transferencia de 5 de octubre de 2016; sin embargo, Project Concern Internacional (PCI), institución de la que adquirió el referido lote de terreno, reclamó la paralización ilegal del trámite de visado de dicha Minuta de Transferencia y pidió respuesta formal respecto a dicho acto; si bien se emitió el Informe Legal D.A.U.Q./A.F.U.D.D.A/INF. 411/17 de 24 de mayo de 2017, que establece haber cumplido con los requisitos para el visado, Deysi de la Cruz Achá, Fiscal Urbana del referido Gobierno Autónomo Municipal, afirmó que la aprobación era irregular e ilegal, por encontrarse dicha propiedad en vía pública según el Plan General de Ordenamiento Urbano del indicado Gobierno Autónomo Municipal; por lo que, procedería al inicio de la acción de nulidad de la Resolución Administrativa Municipal R.A.M. 667/16 de 1 de septiembre de 2016. Finalmente considera que dicho Municipio, no tiene derecho para abrir una calle afectando su propiedad.