Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0048/2018-CA
Fecha: 22-Feb-2018
Tribunal Disciplinario Superior Permanente de la Policía Boliviana
En consulta la Resolución 289/2017 de 30 de noviembre, cursante de fs. 212 a 217, pronunciada por el Tribunal Disciplinario Superior Permanente de la Policía Boliviana, por la que rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por Edson Kiben Coro Condori demandando la inconstitucionalidad de los arts. 12.19 y 13.21 de la Ley del Régimen Disciplinario de la Policía Boliviana (LRDPB) -Ley 101 de 4 de abril de 2011-, “…por la vulneración de sus derechos fundamentales amparados en el Art. 115, 116 y 117…” (sic) de la Constitución Política del Estado (CPE).
- Tribunal Disciplinario Superior Permanente de la Policía Boliviana
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazar
- I.4.
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- Cuando sea presentada de manera extemporánea en los casos que así corresponda
- procederá en el marco de un proceso
- dentro de la tramitación de un proceso judicial o administrativo; que la disposición legal que se alega de inconstitucionalidad debe necesariamente ser aplicada a la resolución del caso concreto dentro del proceso judicial o administrativo
- II.4. Análisis del caso concreto
- RATIFICAR