Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0049/2018-RCA
Fecha: 15-Feb-2018
Fragmento 10
La Jueza de garantías, declaró la improcedencia de la acción de amparo constitucional, considerando que Francisco Gaspar Soligno Barbato, al haberse presentado al proceso y formulado los recursos de impugnación en la vía ordinaria como tercero interesado se convirtió en parte demandada en el proceso, debiendo haber hecho uso de los recursos extraordinarios contra el Auto Supremo 144, al no hacerlo consintió de forma libre y expresa, debiendo por tanto someterse a los términos de la Sentencia 300/2009 y Auto de Vista 94/2011.