Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0075/2018-CA
Fecha: 12-Mar-2018
I.1. Síntesis de la demanda
Por memorial presentado el 27 de febrero de 2018, cursante de fs. 190 a 195, la recurrente refiere que acude al recurso directo de nulidad ante la eminente amenaza de ser desapoderada del bien inmueble por parte de la autoridad demandada que al ejecutar el mandamiento de desapoderamiento había perdido competencia dentro del proceso coactivo que siguió la Cooperativa de Ahorro y Crédito San Martin de Porres Ltda. contra el coactivado, ya que este concluyó en todas sus fases; sin embargo, mediante Resolución de 16 de noviembre de 2017, usurpando funciones que ya no le correspondían, ordenó un nuevo desapoderamiento, estando ya suspendida su competencia por la conclusión del proceso.
- recurso directo de nulidad
- I.1. Síntesis de la demanda
- I.2.
- LA NULIDAD de la Resolución de 16 de noviembre de 2017 y consiguiente MANDAMIENTO DE DESAPODERAMIENTO de 16 de enero de 2018
- II.1. Marco normativo constitucional y legal del recurso directo de nulidad
- Las resoluciones dictadas por las autoridades judiciales
- IMPROCEDENCIA