Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0075/2018-CA
Fecha: 12-Mar-2018
II.1. Marco normativo constitucional y legal del recurso directo de nulidad
Por su parte, el art. 143 del Código Procesal Constitucional (CPCo), establece que: “El Recurso Directo de Nulidad tiene por objeto declarar la nulidad de los actos de Órganos o autoridades públicas que usurpen funciones que no les competen, así como ejercer jurisdicción o potestad que no emane de la Ley”.
- recurso directo de nulidad
- I.1. Síntesis de la demanda
- I.2.
- LA NULIDAD de la Resolución de 16 de noviembre de 2017 y consiguiente MANDAMIENTO DE DESAPODERAMIENTO de 16 de enero de 2018
- II.1. Marco normativo constitucional y legal del recurso directo de nulidad
- Las resoluciones dictadas por las autoridades judiciales
- IMPROCEDENCIA