AUTO CONSTITUCIONAL 0086/2018-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0086/2018-CA

Fecha: 19-Mar-2018

rechazó

Por Auto 211 de 2 de marzo de 2018, cursante de fs. 37 a 38, el Juez Público Civil y Comercial Quinto del departamento de Chuquisaca, rechazó la acción de inconstitucionalidad concreta, señalando que, de acuerdo al art. 81.I del Código Procesal Constitucional (CPCo), esta acción solamente puede ser interpuesta antes de la ejecución de la sentencia; sin embargo, el caso en particular se encuentra en etapa de ejecución donde no se delibera sobre el fondo de la controversia; asimismo, respecto al proceso ejecutivo, los delitos que no cuestionen la validez del documento, no lograrán invalidarlo, situación distinta con respecto a los delitos de falsedad material o ideológica que si tienen que ver con la validez del documento; por último, un proceso ejecutivo no puede ser dilatado o paralizado indefinidamente, mucho menos a sola denuncia o admisión de un delito ante el Ministerio Público, por ello la norma que se impugna permite excepcionalmente la suspensión de la ejecución en forma provisional.