Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0117/2018-RCA
Fecha: 06-Mar-2018
II.2.
“1. Nombre, apellido y generales de quien interpone la acción o de su representante legal, acompañando en este último caso, la documentación que acredite su personería. En el caso de terceras personas que tengan interés legítimo, deberán acreditar el interés alegado. Además, deberá indicarse la dirección de un correo electrónico u otro medio alternativo de comunicación inmediata.
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- rechazo “in limine”
- I.5. Síntesis de la impugnación
- servidores públicos, o de persona individual o colectiva, que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir los derechos reconocidos por la Constitución y la ley
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- II.2.
- ii)