SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0017/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0017/2018-S1

Fecha: 01-Mar-2018

1)

William Norman Guarachi Tancara, Fiscal de Materia, presentó informe escrito cursante de fs. 33 a 34, señalando que: 1) A la realización de la audiencia se hizo presente el accionante junto a su abogado, que en ningún momento solicitó la suspensión de la misma; 2) Se emitieron las citaciones para las partes; y el accionante se hizo presente en forma voluntaria, subsanando cualquier omisión;    3) Por existir actos investigativos suspendidos reiteradamente, es que se dispuso la continuación del actuado procesal; 4) En caso de haberse vulnerado derechos, el accionante tenía la facultad de acudir a la autoridad llamada por ley; que en este caso, era la Jueza de Instrucción Penal Novena del departamento de La Paz, en aplicación del principio de subsidiariedad; y, 5) Es evidente que es un acto dilatorio para distraer la atención del Ministerio Público y la prosecución de la investigación, al permanecer pendiente un acto investigativo en la localidad de Yolosita en Coroico del departamento de La Paz.

Juan Carlos Aruquipa Cerón, funcionario policial, como investigador asignado al caso, en audiencia pública de consideración de acción de libertad señaló que, se notificó a los imputados en el domicilio procesal de Froilan Huayta, abogado defensor de ambos, por lo que no podrían señalar lo contrario.