Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0042/2018-S4
Fecha: 13-Mar-2018
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia que se encuentra indebidamente privado de libertad y que se ha dilatado innecesariamente la resolución de su solicitud de cesación de detención preventiva que impetró en base al art. 239.3 del CPP, pues la autoridad judicial demandada teniendo el plazo de cinco (5) días para emitir Resolución, no la emite al cabo ya de diez días, además de no considerar que ya se encuentra detenido preventivamente por más de dos años y ocho meses.