Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0145/2018-RCA
Fecha: 02-Abr-2018
POR TANTO:
POR TANTO: Devuélvase la presente acción de amparo constitucional al Juez Público Civil y Comercial Decimonoveno del departamento de La Paz, constituido en Juez de garantías para que se proceda al correspondiente archivo de obrados; con la aclaración de que la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, sólo se refiere a cuestiones procesales.
- CONSIDERANDO:
- que deberá ser notificada a la parte accionante, para que ésta en el plazo de tres días plantee la impugnación contra dicha decisión
- si la parte dentro del plazo previsto por ley, impugna el auto de improcedencia
- sólo es posible sí las mismas son impugnadas por los accionantes
- POR TANTO: