AUTO CONSTITUCIONAL 0163/2018-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0163/2018-RCA

Fecha: 11-Abr-2018

a)

Solicita se disponga: a) “…la Nulidad del decreto de 12 de enero de 2018 de todo lo dispuesto respecto a Josefina Limachi Cruz y la Nulidad total de la resolución que resolvió mi recurso de reposición contra el decreto de 12/01/2018, así como la nulidad en parte de todo lo actuado a consecuencia de dicho decreto y resolución…” (sic); b) Se disponga la restitución de todos sus derechos y por los alcances del efecto de la tutela se establezca que Josefina Limachi Cruz no tiene calidad de parte procesal; y, c) El Juez demandado oficie al Tribunal Supremo de Justicia la interferencia en el proceso en su contra.

Refiere que: a) La Jueza de garantías incumplió su obligación de realizar un análisis de los elementos fácticos de la acción de amparo constitucional formulada, ya que no señala fundamentos de hecho o derecho que convenzan de que no había otro modo de concluir, denotándose arbitrariedad, generando retardación de justicia; b) Lo argumentado por la Jueza de garantías no es evidente, quien hizo citas genéricas y con su arbitrio impone la SCP 0030/2013 de 4 de enero, denotándose la ilegalidad de la esolución, lo que lesiona su derecho a la tutela judicial efectiva de alcanzar la justicia constitucional; las peticiones fueron para garantizar la restitución de sus derechos; y, c) La referida autoridad judicial no citó sentencias vinculantes y no es evidente que haya manifestado que Josefina Limachi Cruz sea parte del proceso, por lo que no puede ser tercera interesada, tampoco el Ministerio Público conforme dispone la SCP 0625/2012 de 23 de julio.